ENTIDADES PUBLICAS DEBEN REGISTRAR INFORMACIÓN SOBRE OBRAS PÚBLICAS

 

La Contraloría General de la República aprueba la Directiva Nº 009-2011-CG/OEA "Registro de Información sobre Obras Públicas del Estado -INFObras", dicho registro tiene la finalidad de contar con información adecuada, integrada y oportuna de las obras públicas y su estado de avance físico y presupuestal, mediante su registro estructurado en el registro INFOBRAS.

 

 

 

La directiva es de alcance a todos los titulares, funcionarios y personal de todas las entidades el estado, sujetas al control, incluidas las municipalidades.


Cabe precisar que para registrar efectuar la publicación del avance de las obras que se vienen ejecutando las entidades contarán con un plazo que vence el último día hábil del mes siguiente de efectuado el avance. El incumplimiento de las obligaciones se sujeta a lo establecido en la normativa sobre infracciones y sanciones.

 

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EL 80% DE LOS PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA NO GENERA IMPACTOS

 

Cada año se aprueban y se consideran viables unos 25,000 proyectos de inversión pública, de los cuales un 80% son proyectos que no contribuyen a generar una mejor calidad de vida y un desarrollo económico, alertó Carlos Giesecke, director General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

 

 

 

 

"Esos proyectos (que no causan mayor impacto en la población peruana) son aprobados, fundamentalmente, por los gobiernos locales y regionales. De los 25,000 proyectos, el 99% son aprobados por las autoridades subnacionales; solamente un 1% es aprobado por el MEF", aclaró.

 

 

MONUMENTO A LA MACA-JUNIN

 

Esto explica –según el funcionario- por qué pese al fuerte incremento de inversión pública, los indicadores sociales en el Perú, en los últimos años, no han mejorado como se esperaba. Entre el 2005 y el 2010 el presupuesto de inversión pública se multiplicó por 5.5 veces, de S/. 4,169 millones a 23,115 millones. De transportes creció en 418%, de salud y saneamiento en 184% y de educación en 80%.

 

Es hora de concentrarnos en hacer proyectos de gran impacto y eso no lo vamos a lograr haciendo muchos, pero pequeños proyectos, es preferible aunque sea hacer pocos proyectos enfocados a algo concreto (que focalicen algo especifico) pero pueden requerir un monto relativamente alto y que esto genere un mayor impacto y un beneficio para la población.

 

No es posible que Gobiernos Regionales estén haciendo proyecto de montos pequeños, además debemos recordar que según el Decreto Supremo Nº132-2010-EF señala que en el presupuesto participativo los proyectos de las regiones no deben ser menores a los 3 millones, beneficiar a 2 provincias y de un alcance de 5% de la población; asimismo las municipalidades provinciales no deben hacer proyectos menores al 1.2 millones, pero en fin en la realidad no se respeta eso, por eso es que vemos Gobiernos Regionales haciendo proyectos de montos pequeños y que a la larga no tiene el impacto que se debería generar.

 

Asimismo debe haber una articulación entre el Gobierno Regional y Local, para orientar esfuerzos y hacer proyectos que estén orientados a lograr resultados que viene a ser reducir la  pobreza y mejorar la calidad de vida de la población, especialmente de los mas necesitados.

 

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ESTABLECEN MONTOS DEL BONO DE INCENTIVO POR LA EJECUCIÓN EFICAZ DE INVERSIONES

 

Mediante la Resolución Ministerial Nº747-2011-EF/50, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó los montos máximos de los recursos que corresponden a cada uno de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Municipales que cumplan con las metas establecidas para recibir el Bono de Incentivo por la Ejecución Eficaz de Inversiones (BOI), conforme al anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

 

 

Los Gobiernos locales recibirán el BOI, siempre en cuando cumplan las metas de ejecución de gasto de inversión establecido, en un monto que se determinará utilizando el Índice de Distribución del FONCOMUN, del total del financiamiento del BOI asignado para los gobiernos locales.

 

Las metas se asignan en función a la misma clasificación de gobiernos locales según el Plan de Incentivos de Mejora de la Gestión Municipal, de acuerdo con el siguiente cronograma:
* La primera transferencia se hará efectiva en abril de 2012, en función a las metas evaluadas al 31/12/2011.

* La segunda transferencia se hará en junio de 2012, en función a las metas evaluadas al 31/03/2012.

Los recursos del BOI que reciban como transferencia los GL, serán utilizados exclusivamente para:
* gastos de mantenimiento de infraestructura

* financiamiento de proyectos de inversión pública, incluyendo la elaboración de estudios de pre-inversión y expedientes técnicos.

 

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MEF APRUEBA RESULTADOS DE EVALUACION DE CUMPLIMIENTO DE METAS DE PMM 2011

 

Mediante Resolución Directoral Nº 017-2011-EF/50.01. publicado el sábado 15 de octubre de 2011 en el diario oficial el Peruano, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los resultados de las evaluaciones de las metas del Programa de Modernización Municipal (PMM) para el año 2011.

 

 

El Programa de Modernización Municipal tiene como finalidad promover condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economía local, incentivando a las municipalidades a incrementar la recaudación de los impuestos municipales a través de la mejora de la gestión financiera.

 

Además  generar las condiciones favorables al clima de negocios mediante la mejora en la provisión de servicios públicos, infraestructura básica y simplificación de trámites, entre otros.

 

El MEF explicó que a través de la mencionada resolución directoral, las municipalidades deben tomar conocimiento sobre el cumplimiento de las metas que se les ha asignado dependiendo del tipo de municipalidad considerado en el PMM.

 

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PLAZO PARA ENTREGA DE COMPROBANTE DE PAGO DE REMUNERACIONES A TRABAJADORES

 

Mediante Decreto Supremo Nº 009-2011-TR se modifica el Art. 18º penúltimo y último párrafo y los Arts. 19º y 20º del D.S. Nº 001-98-TR que establece la obligación del empleador de entregar al trabajador a más tardar el tercer día hábil siguiente de efectuado el pago de sus remuneraciones, el original de la boleta, sellada y firmada.

 

 

 

 

Con la finalidad de servir como instrumento de acreditación del pago correspondiente. En los casos que el pago de la remuneración se realice a través de las empresas del sistema financiero, el pago se acredita con la constancia de depósito en la cuenta de ahorros a nombre del trabajador.

 

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CONFORMARÁN COMITÉS DISTRITALES DE DESARROLLO DE FRONTERAS E INTEGRACIÓN FRONTERIZA

 

Mediante Ley Nº29778 se aprobó la Ley que define los espacios de frontera; establece los mecanismos de formulación, coordinación, ejecución y seguimiento de la Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronterizos, que es parte constitutiva de la Política Exterior y de la Política Nacional de Desarrollo; y regula el Sistema Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza.

 

 

 

 

Establece que la política de desarrollo de fronteras se realiza con participación de los niveles de Gobierno Nacional, gobierno regional y gobierno local y es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del sector público. El Capítulo III regula respecto a los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza.

 

El Art. 27º refiere que dichos comités son los encargados de formular los planes, programas, proyectos, directivas y la ejecución de los mismos vinculados al desarrollo e integración fronterizos dentro de sus jurisdicciones. Los Arts. 29 y 30 regulan la conformación de los comités provinciales y distritales, presididos por los alcaldes, miembros de las fuerzas armadas y los alcaldes distritales.

 

El Art. 34º establece que el Poder Ejecutivo adopta las acciones necesarias para la creación y determinación de las fuentes de financiamiento del Fondo para el desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza que financia los programas, proyectos y actividades en las zonas de frontera.

 

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TESORO PUBLICO ESTABLECE DISPOSICIONES PARA DETERMINACION DE CALENDARIO DE PAGOS

 

La Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público – DGETP emitió la Resolución Directoral Nº 005-2011-EF/52.03, mediante la citada norma se establece disposiciones para la Programación Mensual de Pagos – PMP de las UEs y municipios, registro en el SIAF y su posterior determinación del Calendario de Pagos Mensual - CPM y sus ampliaciones.

 

 

 

 

Dentro de dicha norma contiene los siguientes temas:

- Concepto de Calendario de Pagos Mensual -CPM.

- Determinación del Calendario de Pagos Mensual: La DGETP lo determina en base a la PMP y el Presupuesto de Caja. Las entidades deben actualizar su PMP, hasta el 25 del mes anterior.

- Registro de la Programación Mensual de Pagos . PMP: Indica que se registra en el SIAF sobre la base de los pagos estimados al mes que correspondería el CPM  y siguientes, en base a las estimaciones de Compromisos pendientes de devengar y/o Devengados pendientes de girar, PCA y factor porcentual.

- Lineamientos de la Programación Mensual de Pagos: Indica que fechas utilizar para cada concepto de gasto.

- Límites de la Programación Mensual de Pagos: Se procesa en base a un factor porcentual que la DGETP remite a las entidades los primeros días del mes anterior.

- Ampliación del Calendario de Pagos Mensual: Pueden solicitarlo hasta el 15 del mes vigente, por el sistema.

- Responsabilidades: Responsabiliza su procesamiento al OGA y Tesorero.

- Transitorias: Las entidades formulan en agosto para aplicarse en setiembre y meses siguientes. Para la ampliación del CPM de agosto, utilizar lo indicado en el Art. 6º de la referida norma y se procesa por el SIAF.

 

 

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APRUEBAN PLAN BICENTENARIO: EL PERÚ HACIA EL 2021

 

Mediante Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, aprueban el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021, presentado por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico- CEPLAN.

 

 

 

 

 

Las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, entre estas las municipalidades, deben ajustar sus Planes Estratégicos a los Objetivos Estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021.

 

 

APRUEBAN REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL A SER APLICADO POR MUNICIPIOS

 

Mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, aprueban el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano que consta de 18 capítulos, 66 artículos, 7 disposiciones complementarias finales, 3 disposiciones complementarias transitorias y una disposición derogatoria y 2 anexos. Deroga el D.S. Nº 027-2003-VIVIENDA.

 

 


Dicho Reglamento constituye el marco normativo para los procedimientos técnicos y administrativos que deben seguir las municipalidades a nivel nacional, en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento y gestión del suelo, acondicionamiento territorial y desarrollo urbano y rural a fin de garantizar, entre otros, la ocupación racional y sostenible del territorio.


El Plan de Acondicionamiento Territorial es el instrumento técnico- normativo de planificación física integral en el ámbito provincial que orienta y regula la organización físico-espacial de las actividades humanas en cuanto a la distribución, jerarquía, roles y funciones de los centros poblados en los ámbitos urbano y rural, la conservación y protección del recurso y patrimonio natural y cultural; el desarrollo de la inversión pública y privada en los ámbitos urbano y rural del territorio provincial; y, la ocupación y uso planificado del territorio, para lograr el mejoramiento de los niveles y calidad de vida de la población urbana y rural, bajo el enfoque territorial prospectivo, competitivo y de sostenibilidad.

 

 

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MUNICIPIOS DE TACNA AL 1ER. SEMESTRE 2011 AVANCE DE 27% DE EJECUCION PRESUPUESTAL

 

Al término del primer semestre del año 2011, las municipalidades de Tacna cuentan con un presupuesto total de 368 millones 519 mil nuevos soles para ejecucion de PROYECTOS, de los cuales han ejecutado 100 millones 217 mil nuevos soles, haciendo un avance porcentual de 27.19% de ejecución con respecto al presupuesto total del programa de inversiones.

 

CUADRO Nº01

MUNICIPALIDAD

PRESUPUESTO

EJECUCION

%

INICIAL

MODIFICADO

1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAMILACA

1,306,736

1,306,736

835,603

63.95

2

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAMA

1,766,688

1,896,474

801,903

42.28

3

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POCOLLAY

5,113,595

10,162,603

3,953,915

38.91

4

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ILABAYA

41,144,062

126,525,611

45,540,509

35.99

5

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL JORGE BASADRE - LOCUMBA

14,849,105

52,445,490

16,191,973

30.87

6

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUSAPAYA

851,324

851,324

241,079

28.32

7

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ITE

23,560,794

91,304,857

22,267,551

24.39

8

MUNICIPALIDAD DISTRITAL HEROES ALBARR.-CHUCATAMANI

853,515

913,515

210,151

23.00

9

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILAHUANI

1,080,795

1,697,515

370,602

21.83

10

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TARUCACHI

733,798

733,798

158,501

21.60

11

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CALANA

1,206,789

1,612,748

345,426

21.42

12

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PALCA

1,162,872

1,246,861

260,546

20.90

13

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INCLAN

3,203,313

9,842,243

2,033,187

20.66

14

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIUDAD NUEVA

6,456,842

6,085,833

1,093,929

17.98

15

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAIRANI

1,244,597

1,244,597

188,098

15.11

16

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TICACO

890,819

1,202,604

167,048

13.89

17

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO DE LA ALIANZA

6,520,844

8,150,508

1,104,432

13.55

18

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARATA

331,438

1,270,184

166,651

13.12

19

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE

610,516

773,016

96,908

12.54

20

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURIBAYA

522,481

571,449

69,008

12.08

21

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANUARA

873,001

982,108

109,164

11.12

22

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE PAMPA

560,252

560,252

51,050

9.11

23

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA

15,706,561

15,641,003

1,399,122

8.95

24

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHIA

1,206,283

1,812,661

160,919

8.88

25

MUNICIPALIDAD DISTRITAL CRNEL.GREGORIO ALBARRACIN

23,805,277

26,880,341

2,320,400

8.63

26

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SITAJARA

345,091

635,779

48,291

7.60

27

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANDARAVE

2,168,910

2,168,910

31,300

1.44

TOTAL

158,076,298

368,519,020

100,217,266

27.19

 

Las municipalidades que mas gastaron con respecto al presupuesto que disponen son: Camilaca (63.95%), Sama (42.58%), Pocollay (38.91%), Ilabaya (35.99%) y Susapaya (28.32%).

 

Las municipalidades con menor capacidad de gasto son: Candarave (1.44%), Sitajara (7.60%), Gregorio Albarracin (8.63%), Pachia (8.88%), Tacna (8.95%) y otros que se muestran en el cuadro Nº01.

 

De los 100 millones 217 mil nuevos soles ejecutados entre todas las municipalidades de Tacna,  la  municipalidad de Ilabaya ejecutó el 45.44%, Ite 22.22%, Locumba 16.16%, Pocollay 3.95% y Gregorio Albarracin 2.32%. entre las mas significativas.

 

                                                                    CUADRO Nº02

 

Municipalidad

PRESUPUESTO

EJECUCION

%

INICIAL

MODIFICADO

1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ILABAYA

41,144,062

126,525,611

45,540,509

45.44

2

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ITE

23,560,794

91,304,857

22,267,551

22.22

3

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JORGE BASADRE - LOCUMBA

14,849,105

52,445,490

16,191,973

16.16

4

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POCOLLAY

5,113,595

10,162,603

3,953,915

3.95

5

MUNICIPALIDAD DISTRITAL CRNEL.GREGORIO ALBARRACIN L.

23,805,277

26,880,341

2,320,400

2.32

6

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INCLAN

3,203,313

9,842,243

2,033,187

2.03

7

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA

15,706,561

15,641,003

1,399,122

1.40

8

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO DE LA ALIANZA

6,520,844

8,150,508

1,104,432

1.10

9

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIUDAD NUEVA

6,456,842

6,085,833

1,093,929

1.09

10

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAMILACA

1,306,736

1,306,736

835,603

0.83

11

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAMA

1,766,688

1,896,474

801,903

0.80

12

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILAHUANI

1,080,795

1,697,515

370,602

0.37

13

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CALANA

1,206,789

1,612,748

345,426

0.34

14

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PALCA

1,162,872

1,246,861

260,546

0.26

15

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUSAPAYA

851,324

851,324

241,079

0.24

16

MUNICIPALIDAD DISTRITAL HEROES ALBARR.-CHUCATAMANI

853,515

913,515

210,151

0.21

17

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAIRANI

1,244,597

1,244,597

188,098

0.19

18

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TICACO

890,819

1,202,604

167,048

0.17

19

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARATA

331,438

1,270,184

166,651

0.17

20

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TARUCACHI

733,798

733,798

158,501

0.16

21

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHIA

1,206,283

1,812,661

160,919

0.16

22

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANUARA

873,001

982,108

109,164

0.11

23

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE

610,516

773,016

96,908

0.10

24

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURIBAYA

522,481

571,449

69,008

0.07

25

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE PAMPA

560,252

560,252

51,050

0.05

26

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SITAJARA

345,091

635,779

48,291

0.05

27

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANDARAVE

2,168,910

2,168,910

31,300

0.03

TOTAL

158,076,298

368,519,020

100,217,266

100.00

 

Por otro lado las municipalidades que menos gastaron con respecto al total de gasto entre todas las municipalidades de Tacna, tenemos a la municipalidad de Candarave con 0.03%, Sitajara 0.05%, Estique Pampa 0.05%, Curibaya 0.07% y otros que se muestran en el cuadro Nº02.

 

 

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PROMULGAN LEY DE GRATIFICACION SIN DESCUENTOS

 

El Congreso de la República promulgó la Ley que exonera de descuentos a las gratificaciones que reciben los trabajadores, hasta el 31 de diciembre del 2014.

 

 

La publicación de la ley, que reduce los costos laborales a los aguinaldos y gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, se da tras vencer el plazo que tuvo el Poder Ejecutivo para que observe o promulgue la referida norma.

 

La norma fue aprobada por el Congreso el 25 de mayo y permite que los aportes a las AFP o a la ONP, que se descontaban de las gratificaciones, serán entregados íntegramente a los trabajadores. En el caso de Essalud, el aporte que hacen los trabajadores (9% del salario) ya no va para la entidad estatal sino para los trabajadores, por ejemplo, un trabajador que gana el sueldo mínimo (S/. 600) recibirá S/. 132 más en sus aguinaldos.

 

Durante cuatro años beneficiará a más de 5 millones de trabajadores que en los meses de julio y diciembre recibirán un 22% más en sus gratificaciones. Asimismo se señala que el beneficio incluye a los jubilados y pensionistas.

 

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CANON MINERO 2011 PARA TACNA ALCANZA EL MONTO DE MAS DE 353 MILLONES DE NUEVOS SOLES

 

Esta estimación responde a la deducción del 50% del impuesto a la renta correspondiente al año 2010, que el Estado comparte con las regiones en donde existe actividad minera. En el caso de Tacna y Moquegua este 50% debe ser distribuido en función al material concentrado obtenido en cada una de las regiones.

 

El canon minero es la fuente de financiamiento más importante que manejan los gobiernos locales y el gobierno regional de Tacna para la ejecución de proyectos de inversión pública.

 

Su característica de temporal y relativa, en función al precio del mineral en el mercado internacional, hace que el desarrollo de nuestro departamento dependa de factores externos por lo que se debe aprovechar las transferencias que aún recibe nuestro departamento y poder así resolver las necesidades básicas.

 

A continuación mostramos el monto estimado que será transferido en breve por el Ministerio de Economía y Finanzas.

 

PROVINCIA

MUNICIPALIDAD

MONTO

TACNA

TACNA

24.312.824

ALTO DE LA ALIANZA

9.710.657

CALANA

1.611.061

CIUDAD NUEVA

12.330.889

INCLAN

6.579.265

PACHIA

1.887.282

PALCA

1.794.983

POCOLLAY

9.044.179

SAMA

3.077.487

CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA

48.270.170

CANDARAVE

CANDARAVE

3.739.598

CAIRANI

1.713.942

CAMILACA

1.725.165

CURIBAYA

60.167

HUANUARA

1.084.125

QUILAHUANI

1.102.406

JORGE BASADRE

LOCUMBA

28.824.077

ILABAYA

59.003.686

ITE

42.880.097

TARATA

TARATA

2.147.466

CHUCATAMANI

763.673

ESTIQUE

475.372

ESTIQUE-PAMPA

319.511

SITAJARA

526.264

SUSAPAYA

732.936

TARUCACHI

546.358

TICACO

933.361

 

GOBIERNO REGIONAL  DE TACNA

88.399.000

TOTAL

353.596.000

ELABORACION PROPIA

 

Las municipalidades que mayor Canon Minero recibirán son Ilabaya (59 millones), Gregorio Albarracín (48 millones), Ite (42 millones) y por otro lado la municipalidad menos beneficiada es Curibaya recibirá apenas 60,167 nuevos soles.

 

DEROGAN DECRETO DE URGENCIA Nº012

 

Mediante la publicación del Decreto de Urgencia Nº 026-2011-EF el día 10 de Junio en el diario oficial el Peruano, se puso fin a una serie de cuestionamientos respecto al manejo fiscal del actual gobierno.

 

 


 

 

Si bien es cierto que el Ejecutivo argumentó que el D.U. 012 redujo la inflación y logró un superávit fiscal de 4% para el primer trimestre, distintos expertos cuestionaron la viabilidad de la norma, pues la medida era contradictoria con la disposición del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de reducir el Impuesto General a las Ventas (IGV), el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) y la reciente rebaja del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).


De esta manera, ante una alerta de reducción de la economía, producto de la política fiscal, el MEF acabó reconociendo su error y derogando el cuestionado Decreto de Urgencia.

 

Por ello, el Ejecutivo dictó medidas extraordinarias para la racionalización de los fondos, dejando en suspenso hasta el 28 de julio el trámite de créditos suplementarios y fijando el 30 de junio como fecha límite para la asignación de recursos a los municipios.

Asimismo, dispone la constitución del Registro de Fondos Públicos en los próximos 30 días, y los fondos que no se incorporen a dicho registro se transferirán al Fondo de Estabilización Fiscal.



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REFORMA PROGRESIVA DE LA GESTION PRESUPUESTAL

 

Como parte del proceso de elaboración del Presupuesto Público para el año 2012, se continúa con la implementación de nuevos instrumentos que contribuyan a una reforma progresiva de la gestión presupuestal.

 

 

Esta reforma, se sustenta en la implementación progresiva del Presupuesto por Resultados que tiene como finalidad mejorar la calidad del gasto público, a través del fortalecimiento de la articulación entre los recursos asignados y los resultados a ser generados, a través de la incorporación de información de desempeño en la asignación de los recursos y bajo el marco de las prioridades de política y respetando los parámetros de la política fiscal.

 

Objetivos de la reforma presupuestal

 

-       Ampliar la cobertura de intervenciones públicas diseñadas en base a evidencias disponibles

-       Generar yusar información de desempeño para una asignación más eficaz y eficiente de los recursos públicos

-       Introducir la programación multianual del gasto

-       Mejorar la articulación entre gasto corriente y gasto de capital

-       Fortalecer la articulación territorial

 

¿Cuales son las nuevas categorías presupuestales en el Presupuesto 2012?

 

En este proceso de reforma del Presupuesto Público se ha incorporado tres grandes categorías programáticas:

·       Programas Presupuestales, como unidad básica de programación presupuestal.

·       Las Acciones Centrales.

·       Las Asignaciones Presupuestales que no resultan en Productos (APNOP).

 

De esta forma la totalidad del Presupuesto Público estará reflejada y asignada bajo estas tres grandes categorías programáticas.


Cabe señalar que el proceso de implementación de estas reformas, será progresivo, dado que durante esta primera fase de programación presupuestal para el periodo 2012, no todas las acciones productivas del Estado podrán enmarcarse dentro de programas presupuestales, principalmente por falta de información adecuada. Por ello se considera un plazo de tres años, hasta el 2014, para poder completar el proceso de reforma presupuestal iniciado.

 

 

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DGPI: MEJORANDO LA CALIDAD DE LA INVERSION

 

En el marco del proceso de reestructuración del Ministerio de Economía y Finanzas, cuyo objetivo principal es modernizar y agilizar la gestión pública, con el fin de que los recursos del Estado tengan un uso más eficiente, se consideró conveniente consolidar en una sola instancia todas las áreas del MEF relacionadas al tema de inversiones.

 

 

 

 

Es así que nace la Dirección General de Política de Inversiones (DGPI), que acoge en su seno tanto al Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) como a las unidades que tienen a su cargo el tratamiento de la inversión privada, con el claro objetivo de generar sinergias en los procesos de inversión.

 

La DGPI está compuesta por cuatro Direcciones de línea:

 

Política y Programación de inversiones

 

Inversión Pública

 

Inversión Privada

Normatividad, Metodología, Capacitación y Asistencia Técnica

Encargada de diseñar los lineamientos y estrategias que orienten la priorización de los servicios públicos necesarios para el cierre de brechas sociales y de infraestructura, y así coadyuvar a la disminución de la desigualdad.

 

Propone la política de inversión pública y de gestión de riesgos de desastres, realiza el informe técnico sobre la viabilidad de los proyectos con endeudamiento y el análisis sobre la asignación de fondos para proyectos de rehabilitación.

 

Propone la política para el tratamiento de la inversión privada en todas sus modalidades, así como los modelos de contratos para Asociaciones Público-Privadas (APP).

 

Busca un mayor y mejor acceso de los usuarios del SNIP al mismo; asimismo, gracias al proceso en curso de digitalización de la información, promueve la vigilancia ciudadana.

 

 

 

 

 

PROXIMAS ACCIONES

 

La DGPI está trabajando en la automatización de la ficha de registro para proyectos menores a S/.1.2 millones, el cálculo de una tasa social de descuento específica para proyectos ambientales, la actualización del costo social del tiempo y del costo social de la divisa, la digitalización de toda la documentación concerniente al SNIP, la creación de una nueva página web más dinámica y amigable, la implementación de una línea 0800, la publicación de guías metodológicas simplificadas en seis sectores prioritarios, entre otros temas.

 

 

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HUGO QUENAYA QUISPE

Licenciado en Administración, Especialista en Gestión Pública, Planeamiento, Presupuesto, SNIP y Administración Gral.

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